Perfumes:
Se realiza un despacho quincenal de los perfumes recibidos en nuestra dirección, así como de los siguientes artículos restringidos.
Otros artículos restringidos:
Líquidos o sólidos inflamables: Combustible, pinturas, fósforos y cargadores para rellenar encendedores.
Artículos domésticos: Limpiadores para drenajes (destapa caños) y solventes.
Otros materiales peligrosos: hielo seco, herramientas o instrumentos que funcionan a base de gasolina, baterías, cargadores, equipo de acampar con combustible, materiales radioactivos (inclusivo farmacéuticos radioactivos), venenos y substancias infecciosas.
Para la importación de productos regulados por el Instituto Nacional de Vigilancia bajo la modalidad de Tráfico Postal y Envíos Urgentes o Mensajería Expresa, es imprescindible solicitar autorización a través del formulario correspondiente ante el INVIMA, accesible en: https://app.invima.gov.co/formularios/view.php?id=469840
Estos productos incluyen:
- Dispositivos Médicos Requeridos por Fórmula Médica
- Medicamentos Requeridos por Fórmula Médica
- Medicamentos de venta libre en Colombia
- Productos Fitoterapéuticos
- Medicamentos Homeopáticos
- Bebidas Alcohólicas
- Suplementos Dietarios
- Alimentos
- Alimentos para propósitos médicos especiales (APME)
- Cosméticos
- Artículos de Aseo o Higiene Doméstica y Absorbentes de Higiene Doméstica
Es importante tener en cuenta que la solicitud de ingreso debe estar orientada al uso y/o consumo personal o propio del solicitante, y NO debe tener como fin la comercialización, distribución y/o venta del producto.
En caso de que su envío contenga diferentes tipos de productos o referencias en la misma Guía de Transporte, se requiere completar un formulario por cada producto.